El 1 de septiembre de 2022 el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) emitió su decisión sobre el video «Dear Future Mum» (Querida futura mamá). Esto supone que las personas con síndrome de Down no pueden estar presente en el panorama publicitario francés.
En marzo de 2014, con motivo del Día Mundial del Síndrome de Down, la Fundación Jérôme Lejeune, en colaboración con la asociación italiana Coordown, coprodujo el vídeo «Querida futura mamá» . Quince personas con trisomía 21, de diferentes países europeos, hablaban con una mujer embarazada de un niño con esta discapacidad, para tranquilizarla sobre su futuro. Cada uno se expresaba en su idioma, en términos conmovedores: podían ser felices.
Pocas semanas después de su aparición en los canales de televisión franceses (M6, Canal+ y D8), el Conseil Supérieur de l’Audiovisuel (CSA) censuró el clip al prohibir su emisión en un contexto publicitario, alegando que «no puede no ser considerado como un mensaje de interés general (…), ya que al dirigirse a una futura mamá, su propósito puede parecer ambiguo y no suscitar un apoyo espontáneo y consensuado».
Argumentan que el vídeo era «inapropiado» porque la expresión de felicidad de los jóvenes que aparecen en él «probablemente perturbaría la conciencia de las mujeres que habían tomado diferentes opciones legítimas de su vida personal» e insiste en que su difusión no favorece el interés general de los franceses.
Antes de seguir comentando la noticia, veamos el video que ha superado los 8,4 millones de visionados:
La Fundación Jérôme Lejeune optó entonces por impugnar la decisión de la CSA ante el Consejo de Estado. Al ser rechazado su recurso, presentó una solicitud ante el TEDH en 2017, para que se condene la discriminación y el ataque a la libertad de expresión de las personas con síndrome de Down. Invocó los artículos 10 y 14 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que garantizan la libertad de expresión y la prohibición de la discriminación.
Ahora ,el TEDH ha declarado inadmisibles las solicitudes de la Fundación Jérôme Lejeune El Tribunal concluyó que los demandantes no podían ser considerados «víctimas » en el sentido del artículo 34 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Así, la Corte se niega a pronunciarse sobre el fondo, la discriminación y la vulneración de la libertad de expresión de las personas con síndrome de Down.
Este video fue transmitido en nueve países, en los principales canales nacionales y muy apreciado por la prensa internacional. También fue presentado en la ONU el 21 de marzo de 2014. Recibió varios Leones de Oro en el Festival Internacional de la Creatividad. Ninguna autoridad administrativa extranjera lo ha censurado. Sin embargo, en Francia, dos denuncias enviadas a la CSA han permitido la censura de este video, a pesar de que ha sido visto más de 8,4 millones de veces en Youtube.
En un comunicado de prensa, Jean-Paul Van De Walle, asesor jurídico de ADF International, que representó a la Fundación Jérôme Lejeune ante el TEDH, subraya que «la decisión del Tribunal de declarar inadmisible este caso es lamentable porque envía la señal de que los gobiernos pueden ejercer presión para silenciar las voces de las personas con síndrome de Down en la esfera pública».
Después del comentario de esta noticia, me pregunto: ¿Por qué hay personas que se molestan al ver a unos niños y a sus madres felices? Es posible, que la felicidad de esos niños puede perturbar la conciencia de las mujeres que hayan decidido abortar a niños con síndrome de Down. A esas madres les diría que no tengan miedo y que la experiencia, como se manifiesta en el video, es que serán muy felices.
Fuente: InfoCatólica